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Publicado el 5 agosto, 2021

Baleares avanza en la política de restringir el ocio a los no vacunados

Por Kiko Frechoso
Sidonie en el Mallorca Live Summer - Mallorca Music Magazine

A partir del 14 de agosto se exigirá un certificado covid (o una PCR previa con resultado negativo) para acudir a grandes eventos culturales o deportivos

El Govern Balear anunció el pasado lunes una serie de nuevas medidas para contener la alta incidencia de la covid 19 en las Islas. Una de las más polémicas es la de restringir el acceso a grandes eventos culturales o deportivos a las personas no vacunadas y que no hayan pasado la enfermedad, salvo prueba previa con resultado negativo. El martes ya podía leerse la disposición en el BOIB:

A partir del día 14 de agosto del 2021 se podrán llevar a cabo acontecimientos o actividades que se regulan en este punto con la presencia de hasta 1.000 personas de público en espacios cerrados y de hasta 5.000 personas de público en espacios al aire libre, en ambos casos con un 75% de aforo máximo, excepto aquellos acontecimientos con una asistencia de hasta 300 personas de público, donde se podrá utilizar el 100% de la capacidad máxima.

A partir de esta misma fecha, en aquellos acontecimientos en que se superen los 500 asistentes en espacios interiores o 2.500 en espacios exteriores será de obligado cumplimiento la acreditación documental por parte de todos los asistentes como público mayores de 12 años de haber recibido la pauta completa de vacunación, o bien de haber superado el COVID-19 dentro de los seis meses precedentes, o en última instancia, que se hayan sometido a una prueba PCR con resultado negativo dentro de las 72 horas anteriores a la visita o a un test rápido de antígenos con el mismo resultado dentro de las 48 horas anteriores al acontecimiento.

Extracto del BOIB del martes 3 de agosto de 2021, modificado según la corrección de erratas publicada en el BOIB hoy 5 de agosto de 2021.

Baleares sigue, aunque de manera más tímida, la estela de Galicia, que es la Comunidad que más ha avanzado en este aspecto, ya que exige este certificado para acceder al interior de los negocios de restauración en aquellos municipios con nivel de alerta máximo. Otra comunidad que también ha intentado legislar en este ámbito es Canarias, aunque las medidas propuestas han sido suspendidas cautelarmente por la Justicia de dicha comunidad.

Esta vía por la que tratan de avanzar ciertas regiones de momento no es compartida por el Ministerio de Sanidad, cuya titular, Carolina Darias, ha expresado sus dudas acerca de la legalidad de las medidas propuestas. En declaraciones realizadas la semana pasada tras la reunión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, Darias recordó que, mientras no haya una reforma legal que lo avale, el Gobierno no contempla el uso del pasaporte covid para otros usos más allá de la libre circulación entre estados europeos, finalidad para la que se creó y que es la única que está regulada por la propia UE con el respaldo del Parlamento Europeo.

Tras los pasos de Francia e Italia

En Europa, el país que más ha avanzado en este tipo de medidas para frenar la pandemia, y de paso «convencer» a su población de que debe vacunarse, es Francia, donde a día de hoy no se puede acceder a cines, museos o eventos culturales y deportivos con un aforo mayor de 50 personas si no es con el pasaporte covid o una prueba negativa de diagnóstico realizada con 48 horas de antelación. En Italia también han decidido explorar dicha vía con medidas similares que entrarán en vigor esta misma semana. La idea de estos países es ir ampliando las restricciones a otros ámbitos como la restauración, el transporte o las grandes superficies.

Dudas sobre la legalidad de este tipo de medidas

Que este tipo de medidas puede plantear serias dudas legales ya lo hemos visto en el caso de Canarias, donde el Tribunal Superior de Justicia de dicha comunidad ha paralizado cautelarmente las medidas que pretendía instaurar la administración territorial encaminadas a exigir el certificado covid para permitir la entrada en locales de ocio: restaurantes, pubs, gimnasios, etc.

Desde que se abrió el debate público sobre la posibilidad de implantar este tipo de medidas, los servicios jurídicos del Estado han expresado serias dudas acerca de la utilización del certificado covid para limitar derechos fundamentales. En primer lugar porque podría ser inconstitucional usar este pasaporte para realizar cribas de población mientras existan grupos o franjas que aún no hayan tenido la posibilidad de ser vacunados. En segundo lugar porque la reclamación de datos sanitarios a las puertas de locales de ocio sin plenas garantías de confidencialidad podría vulnerar el derecho a la intimidad. Por último, porque castigar conductas que no están penalizadas en la legislación actual (no existe obligación de vacunarse) podría caer dentro de la ilegalidad.

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Aprendiz de todo, maestro de nada. Programador, diseñador web, editor, redactor y codirector de esta nave.

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